sábado, 10 de julio de 2010

Multarán a Peatones Imprudentes en Perú

Multarán a Peatones Imprudentes en Perú



LIMA.- Promulgarán norma que sancionará a peatones imprudentes. Hasta junio de este año, transeúntes causaron el 19% de accidentes en la capital.“Mi hija fue irresponsable porque si hubiera usado el puente peatonal, no habría muerto. Hay que tener más cuidado y evitar exponerse al peligro”, reconoce, desconsolada, Valeria Gálvez. “Quizás lo hizo para ganar tiempo. Había tomado unas copas”, respondía procurando olvidar la terrible escena, pero no puede. El cuerpo de Rosa Santana Gálvez, de 30 años, quedó tendido en un extremo del kilómetro 11 de la Panamericana Sur. Su amigo Eder Córdova Lau, de 25 años, tuvo el mismo final.Después del accidente, sus amigos golpearon al taxista Leandro Maldonado. Lo hirieron y hasta dañaron el auto. Ninguno reparó en que la culpa había sido de Rosa y de Eder. Si solo hubieran caminado 15 metros hacia el puente peatonal más cercano, nada habría ocurrido.Esas dos muertes se sumaron a las 199 que hay por atropellos hasta junio de este año. En el 19% de casos se trató de peatones que cruzaron temerariamente la pista. Lo más grave es que, al menos, el 50% había consumido licor.La Policía ha informado que el 74% de las víctimas de accidentes fueron transeúntes. Es decir, de cada 10 muertos, por lo menos 7 son peatones. Este dato es preocupante. Según el informe sobre el Estado de la Seguridad Vial en la Región de las Américas del año pasado, el Perú tiene la cifra más alta en este rubro. En Venezuela, los peatones fallecidos suman 25% del total de accidentes. Colombia y Bolivia superan el 30%, y Ecuador llega al 43%. ¿Por qué sucede esto en el país y, sobre todo, en Lima? Para Luis Quispe, director de la ONG Luz Ámbar, falta educación vial. Se trata de personas que no respetan las normas de tránsito, que burlan a la autoridad constantemente y que se creen capaces de desafiar el peligro. Es decir, son irresponsables.En 2001, los peatones imprudentes podían ser sancionados. Sin embargo, nunca se impuso alguna multa. El ministro de Transportes, Enrique Cornejo, declaró esta semana que espera la promulgación de la ley que establece las sanciones pecuniarias, y resaltó que se preparará “la reglamentación correspondiente para determinar el tipo de sanciones, que no solo serán económicas, sino también con trabajo social”.Para el ex viceministro de Transportes Gustavo Guerra-García, hay problemas en la planificación de los puentes peatonales. “Estos deben hacerse con la función de que el peatón se dé cuenta de que se demorará más cruzando por abajo que por arriba. Para eso se debe añadir barreras”.

lunes, 5 de julio de 2010

PATIO TEMATICO EN LAS INSTITUCIONES

Es de mucha importancia que el estudiante consolide sus aprendizajes en el "PATIO TEMATIO". El mismo que permite poner en practica lo aprendido en el aula.

Acontinuación se muestra algunas imagenes.

domingo, 4 de julio de 2010

La muerte de un niño que viaje sin cinturón podrá ser considerada homicidio




Los fiscales en materia de seguridad vial podrán acusar de delito de homicidio o lesiones imprudentes a un conductor, en caso de accidente en el que fallezcan menores o resulten lesionados por no tener puesto el cinturón de seguridad o carecer de algún elemento de retención.

También podrá imputarse un delito de "homicidio y lesiones imprudentes" a los conductores en caso de accidente mortal si se comprueba que el vehículo tenía los frenos o neumáticos deteriorados.Estas son algunas de las conclusiones a las que han llegado unos cincuenta fiscales que participaron entre ayer y hoy en las Jornadas Anuales de Fiscales de Seguridad Vial en Santiago de Compostela.Entre los puntos más destacables, el fiscal coordinador, Bartolomé Varga, aludió la protección de los colectivos "más débiles", entre los que se incluyen a personas discapacitadas, ancianos, ciclistas, motoristas y, especialmente, los menores.


Indicó que es responsabilidad del conductor poner el cinturón de seguridad a los menores que viajen en vehículo porque, justificó Vargas, el niño está en una "absoluta indefensión" y no tiene consciencia de la importancia de este sistema de seguridad.Precisó que las medidas penales se aplicarán como "último recurso" y añadió que el caso se remitirá a la Fiscal de la Sala Coordinadora de Menores cuando se trate de personas unidas al menor por vínculos parentales o desempeñe funciones de tutor.


El fiscal lamentó que más de la mitad de los menores fallecidos en accidentes de tráfico en España en 2008 carecían del cinto de seguridad y concretó que de los 76 niños muertos el año pasado en las carreteras españolas, 40 no llevaban sistemas de retención o protección.Para evitar la muerte de menores en las vías, Vargas defendió la aplicación de acciones formativas y educativas entre los conductores, continuar con las campañas publicitarias de la Dirección General de Tráfico o imponer sanciones administrativas específicas.


Otra de las conclusiones se refiere a la responsabilidad de los funcionarios por no suprimir, deliberadamente, badenes, resaltos y bandas transversales "irregulares" y que representen un "obstáculo" para los conductores.Los fiscales podrán acusar a un funcionario de "delito" si, de manera intencionada, no ordena la eliminación de un paso elevado "muy alto", sin iluminación adecuada en la vía y mal señalizado, siempre y cuando la administración local cuente con los medios, por ejemplo económicos, para llevarlo a cabo.Los alcaldes y los funcionarios, avisó Vargas, podrán ser acusados de prevaricación omisiva cuando no remitan a la Jefatura de Tráfico la retirada de puntos de un conductor."Siempre y cuando existan medios y la voluntad consciente y deliberada de no remitir las detracciones puntos, los fiscales examinarán la posibilidad de ejercitar acciones penales por el delito de prevaricación omisiva", indica el documento de conclusiones.Preguntado por la responsabilidad de la Administración o de las empresas en casos de mal estado de las vías, Vargas negó que la Administración sea responsable y remitió la culpabilidad a un funcionario o a un alcalde.Vargas insistió en la importancia de conservar el vehículo en un estado adecuado, especialmente con la nueva normativa que entrará en vigor a partir del 24 de mayo.


Aunque reconoció que la crisis económica provoca que los conductores eviten revisar el automóvil, Vargas consideró especialmente necesario controlar periódicamente el estado de los neumáticos y de los frenos de los vehículos.A este respecto, indicó que se podrá estar delante de un caso de "homicidio y lesiones imprudentes" si una persona conduce un vehículo con frenos o neumáticos deteriorados y causa la muerte a otro individuo.


El mantenimiento también deberá ser aplicado por las empresas, que podrán ser acusadas de explotación laboral si el trabajador se ve "obligado" a viajar en un vehículo de la compañía en un estado inadecuado.Vargas insistió en que todos estos casos se llevarán al ámbito penal como último recurso y la Fiscalía apostará, en primer lugar, por la prevención, colaboración con los municipios y las sanciones administrativas.

PRONACESVI 2010 ANCASH CHIMBOTE



PROGRAMA NACIONAL DE CAPACITACIÓN DE EDUCACIÓN EN SEGURIDAD VIAL


Objetivo

Proporcionar a las y los docentes información sobre Seguridad Vial para el trabajo en el aula que les permita desarrollar en las y los estudiantes una actitud y un comportamiento vial respetuoso de las normas de tránsito, que se reflejen en la disminución de los accidentes.



Acciones desarrolladas en el 2007

  • Participación en Consejo Nacional de Seguridad Vial a través de reuniones de trabajo para a planificación de acciones de capacitación y elaboración de material educativo.

  • Inicio de elaboración de las Guías de Educación en Seguridad Vial, con la participación de especialistas del Ministerio de Educación y del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.


Acciones desarrolladas en el 2008.



  • Aprobación y oficialización de las Guías de Educación en Seguridad Vial para profesores y tutores de Primaria y Secundaria de las Instituciones Educativas de Educación Básica Regular aprobado por R.M Nº0374-2008-ED.